miércoles, 13 de mayo de 2015

Los Documentos Mercantiles



Este espacio se creo con la finalidad de reforzar el contenido desarrollado en clase con respecto a la asignatura de Práctica III, en donde desarrollaremos el contenido de los "Documentos Mercantiles" y conocer la importancia de la aplicación de estos asi como sus caracteristicas de acuerdo a lo establecido en el Código Tributario.



El IVA es un impuesto indirecto; no es percibido por el fisco directamente del tributario sino por el contribuyente en el momento de toda transacción comercial (transferencia de bienes o prestación de servicios). Los contribuyentes intermediarios tienen el derecho a reembolsarse el IVA que han pagado a otros vendedores que los preceden en la cadena de comercialización (crédito fiscal), deduciéndolo del monto de IVA cobrado a sus clientes (débito fiscal), debiendo abonar el saldo al fisco. Los consumidores finales tienen la obligación de pagar el IVA sin derecho a reembolso, lo que es controlado por el fisco obligando a la empresa a entregar justificantes de venta al consumidor final e integrar copias de éstas a la contabilidad en una empresa.

El IVA tiene dos tasa vigentes: la del 13% para operaciones internas y el 0% para exportaciones.-

La  importancia del IVA radica en que durante los últimos diez años, los ingresos tributarios han representado aproximadamente el 73% de los ingresos totales del Estado, por lo que se consideran la principal fuente de financiamiento del Presupuesto General de la Nación, según el informe de la Estimación de la Evasión del IVA en El Salvador, publicado en Marzo de 2012 por la Unidad de Estudios Tributarios de la Dirección General de Impuestos Internos.
 
Entre las figuras más comunes de la evasión están:

ü  Ventas sin documentos fiscales, sobre todo cuando las realizan a consumidor final, con lo que subdeclaran los ingresos en los registros contables, y por ende disminuyen la base imponible del impuesto.

ü  Abultamiento de compras, en la cual los contribuyentes utilizan comprobantes de transacciones falsas, como por ejemplo registrar compras de contribuyentes ficticios, o realizar compras personales que se registran a nombre de la empresa, con lo que sobrevaluan las compras en los registros contables, y en consecuencia se disminuye el pago del impuesto.
EMISIÓN DE DOCUMENTOS:
Las facturas de consumidor final deben entregarse cada vez que se realicen operaciones con consumidores finales.
La factura simplificada es para "Las personas naturales inscritras como contribuyentes del Impuesto a la TRansferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA), realicen transferencias o prestaciones de servicios en el año anterior que sean iguales o inferiores a $50,000.00 y cuando las tranferencias de los bienes muebles corporales y la prestación de servicios gravadas o exentas sean por un monto menor o igual a $12.00
El tiquete de maquina registradora se utiliza cuando la emisión de la factura resulter impractica o de dificil aplicación, por la naturaleza propia del negocio o del sistema particular de ventas o servicios, la Administración Tributaria podra autorizar mediante la resolución la utilización de maquinas registradoras u otros sistemas computarizados para la emisión de tiquetes en sustitución de facturas.
OBLIGACIONES Y SANCIONES:

Obligación de emitir Factura: Según el Art. 107 Inc. 2 del Código Tributario y por lo que en el Art. 239 Inc. 1 literal g) Código Tributario se establece: Constituyen incumplimiento con relación a la obligación de emitir y entregar documentos: g) “Emitir y entregar facturas que sustenten operaciones de diferentes adquirentes de bienes o prestatarios de servicios, ya sea que la factura se denomine consolidada, abierta, de resumen u otro nombre que se le confiera. Sanción: Multa equivalente al cincuenta por ciento de la sumatoria que ampara dicho documento, la que no podrá ser menor a dos salarios mínimos mensuales”

  Obligación de emitir Facturas de Ventas Simplificada: Establecida en el Art. 107 Inc. 4 del Código Tributario y cuya penalidad se encuentra en el Art. 239 Inc. 1 literal a) Código Tributario que establece: Constituyen incumplimiento con relación a la obligación de emitir y entregar documentos:a) “Omitir la emisión o la entrega de los documentos exigidos por este Código. Sanción: Multa equivalente  al cincuenta por ciento del monto de operación por cada documento, la que no podrá ser inferior a dos salarios mínimos mensuales.Igual sanción se aplicara cuando los valores consignados en los documentos emitidos por los contribuyentes no coincidan con los documentos en poder de los adquirientes de bienes o prestatarios de servicios”

Obligación de emisión de Tiquete de Máquina Registradora: Estipulado en el Art. 115 Inc. 1 del Código Tributario y el cual conlleva un castigo según el Art. 239 Inc. 1 literal h) Código Tributario que dispone: Constituyen incumplimiento con relación a la obligación de emitir y entregar documentos: h) Utilizar máquinas registradoras, sistemas computarizados o similares que hayan sido desautorizados por la Administración Tributaria por no cumplir los requisitos legales estipulados por el presente Código, en establecimientos comerciales para emitir tiquetes en sustitución de facturas u otros documentos equivalentes. Sanción: Multa de tres salarios mínimos mensuales por cada máquina registradora o sistema autorizado que no cumpa los requisitos.